Identificación de pasajeros desde España

La documentación que debes aportar en los mostradores de facturación y puertas de embarque para confirmar que tu identidad se corresponde con la que figura en la tarjeta de embarque.

Vuelos Domésticos

Documentación necesaria en vuelos domésticos
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Mayor 14 años: DNI o pasaporte no necesariamente en vigor o Carnet de conducir expedido en España.

Menor 14 años: Exento, responsable la persona con la que realiza el viaje.

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Identidad válido no necesariamente en vigor.

Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.

Carnet de conducir expedido en España

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.

Carnet de conducir expedido en España

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Vuelos a UE/Schengen / Andorra / Liechtenstein

Documentación necesaria en Vuelos UE/Schengen / Andorra / Liechtenstein
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Pasaporte o DNI en vigor

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

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Vuelos a terceros países

Documentación necesaria en Vuelos a Terceros países
Nacionalidad del pasajero Documentación necesaria

Nacional

Pasaporte en vigor

UE / Schengen / Andorra / Liechtenstein

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

Terceros países

Pasaporte o Documento de Viaje válido en vigor.

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Aclaraciones a la verificación de la documentación.

A efectos de aplicación de las nuevas medidas de seguridad para la verificación de documentación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

  • Título de viaje: Válidamente expedido, en vigor y en el que constará la vigencia máxima y las limitaciones que en cada caso concreto se determinen para su utilización.

  • Documento de Viaje para Refugiados: Expedido con arreglo a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.

  • Documento de Viaje para Apátridas: Expedido con arreglo al Convenio sobre el Estatuto de Apátridas de 1954.

  • Otros Documentos de Viaje Válidos: Aparte de los tres citados anteriormente, el Ministerio del Interior contempla la posibilidad de viajar con otros Documentos de Viaje, como la Libreta Naval o Documento de Identidad para la gente del mar, aunque su uso resulta menos frecuente.

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Más Información

Menores de 14 años

¿Qué documentación necesita un menor para viajar?

Comprueba todos los requisitos que debes cumplir cuando viajas con niños y bebés teniendo en cuenta su edad y destino

Todos los pasajeros mayores de 14 años deben llevar DNI o pasaporte.

Los menores de 14 no están obligados en vuelos domésticos pero al llevarlo evitan acreditarse de otra manera.

Menores que viajan con sus padres

Vuelos Nacionales


Si viajas con tus hijos menores de 14 años sin DNI o pasaporte, se te puede solicitar el Libro de familia.


Vuelos internacionales (Europeos y terceros países)


Todos los menores deben presentar su propio documento DNI o pasaporte, además de cumplir con los requerimientos del país de destino.

Si la persona que acompaña al menor no es alguno de sus padres o viaja solo

Vuelos Nacionales


Para los menores de 14 años sin DNI o pasaporte , las autoridades pueden solicitar alguno de estos documentos:

  • Acreditación notarial con los datos personales del menor junto a su fotografía y en la que se incluya la autorización del padre, madre o tutor para viajar.

  • Autorización formalizada en alguna Dependencia Policial: mediante comparecencia personal del padre, madre o tutor, a nombre de la persona a la que se encargue la custodia del menor durante el viaje, y que será cotejada en todo momento junto al DNI o Pasaporte de esta persona.

Si has contratado nuestro servicio especial de acompañamiento de menores, deberás cumplimentar el Descargo de Responsabilidad Obligatorio y entregarlo en el aeropuerto junto con tu documentación para que sea cotejada. En vuelos nacionales, el menor no necesitará DNI o pasaporte siempre y cuando no haya cumplido aún los 14 años. (ver situación excepcional del Puente aéreo en “Casos particulares”).


Vuelos internacionales (Europeos y terceros países)


Todos los menores deben presentar su propio documento DNI o pasaporte, además de cumplir con los requerimientos del país al que viajen.

Si viajan solos y no disponen de pasaporte, el DNI debe ir acompañado de una Autorización Padres o Tutores formalizada en alguna Dependencia Policial.

Si has contratado nuestro servicio especial de acompañamiento de menores, deberás cumplimentar además, el Descargo de Responsabilidad Obligatorio y entregarlo en el aeropuerto junto con tu documentación para que sea cotejada.

Casos particulares

Salidas desde aeropuertos nacionales Españoles

Para las salidas desde los aeropuertos nacionales (españoles), se permite la entrada hasta las zonas de embarque a los tutores o familiares de los menores de 14 años que vuelan no acompañados. Para ello, una vez contratado nuestro servicio de acompañamiento, deberás solicitar una Tarjeta de Acompañante en el mostrador de facturación de Iberia. Se permitirá únicamente el acceso para acompañar al menor hasta la puerta de embarque correspondiente para el día y hora del vuelo. El adulto acompañante deberá llevar su pasaporte o DNI en vigor para poder acceder por el control junto al menor.


Puente aéreo

Para la compra de billetes de Puente aéreo es necesario presentar un documento identificativo como DNI o pasaporte. En el caso de que el menor vaya acompañado de sus padres se admitirá el DNI de los mismos para vincularlo al billete del niño.


Identificación en vuelos internacionales

En vuelos internacionales (Europeos y Terceros Países), al no existir una normativa estandarizada, todos los menores (vayan acompañados o no, e independientemente de su edad) deben presentar su propio documento, DNI o Pasaporte , además de cumplir con los requerimientos del país al que vayan.

Si viajan solos y no disponen de pasaporte, el DNI debe ir acompañado de una Autorización Padres o Tutores formalizada en alguna Dependencia Policial.


Vuelos a Mexico

Todos los menores que viajen a/desde México solos o acompañados por una tercera persona, que no sea alguno de los progenitores o tutor legal, deberán presentar un documento firmado por ambos padres o por quien tenga la patria potestad o tutela, ante notario o autoridad pertinente, donde conste que se le permite salir del territorio nacional.

Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con su traducción (si se trata de idioma distinto al español).

En el caso concreto de España, la Policía cuenta con un documento de autorización para estos casos.


Menores que viajan a/desde Sudáfrica o con escala en Sudáfrica

Para viajar con origen y destino en Sudáfrica, todos los niños deberán llevar varios documentos independientemente de si viajan con sus progenitores, con un acompañante adulto o solos.

Consulta con la embajada de Sudáfrica para asegurarte de que dispones de la documentación correcta cuando tu hijo/a vaya a viajar.

www.exteriores.gob.es


Vuelos dentro de EEUU

Dentro del territorio estadounidense se consideran menores hasta los 15 años de edad y es obligatorio volar con un servicio de acompañamiento.

Menores de 18 años no acompañados en vuelos no nacionales

Para viajar a ciertos países, los menores de 18 años no acompañados en vuelos no nacionales, precisarán de pasaporte o DNI, éste último junto con la autorización del padre, madre o tutor que se obtiene en Comisarías de Policía, Puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarios y Alcaldes.

 

En caso de pérdida o robo de documentación

La denuncia ante FF. y CC. de Seguridad no será prueba válida que acredite la identidad del pasajero. Un funcionario de las FF. y CC. de Seguridad podrá acreditar la identidad, aunque dicha acreditación sólo será válida para verificar la identidad en puerta de embarque en vuelos nacionales, pudiendo no ser suficiente para la aceptación en el país de destino.

Estados que integran la Unión Europea

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

Estados en los que se aplica el Convenio Schengen

Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

Programa SAE para la entrada a México

Iberia está adscrita al programa SAE y por tanto los pasajeros de nacionalidad turca, rusa y ucraniana que deseen viajar a México desde estos orígenes, pueden obtener su autorización electrónica a través del Instituto Nacional de Migración de México.

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Equipaje de mano

Debe cumplir con unas medidas estándar máximas de 56x45x25 cm. para que pueda acompañarte en cabina durante el vuelo.

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Equipaje facturable

Debe cumplir un peso y tamaño estándar máximo de 23 kg. y 158 cm. entre el largo, ancho y alto incluyendo asas, bolsillos y ruedas.

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Hora límite

Dispones de un tiempo determinado antes de la salida del vuelo en el que formalizar tu billete y facturar el equipaje.

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